España es uno de los pocos países de nuestro entorno que ha reconocido por ley el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, está articulada entorno a este derecho y por consiguiente establece la obligación de las Administraciones de asumir el carácter obligatorio de sus disposiciones y de facilitar los medios para el ejercicio del mencionado derecho.
La citada Ley destaca, por ejemplo, el derecho del ciudadano a “no aportar los datos y documentos que obren en poder de las Administaciones Públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos para recabar dicha información (…)”. Este artículo garantiza pues, el derecho de las Administraciones a exigir entre si el suministro electrónico de dicha información.
De esta manera, reconociendo los derechos de los ciudadanos, cada Administración tiene la obligación de regular la utilización de los medios electrónicos en sus relaciones con los mismos y las demás Administraciones Públicas, así como el desarrollo de su propia actividad administrativa.
Aunque cada Administración puede legislar de manera independiente el marco regulatorio del acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, desde el proyecto llevado a cabo en la Oficina Técnica de Administración Electrónica, se ha desarrollado un modelo normativo (en forma de ordenanza municipal) que contemple todos los aspectos definidos en la Ley 11/2007, promoviendo de esta manera un entorno normativo lo más armónico y coherente posible en el entorno de las Islas Baleares.
Este modelo normativo puesto a disposición de todas las Administraciones Baleares permite:
- Agilizar y ahorrar trabajo a las Entidades Locales de Baleares
- Colaborar en la coherencia normativa en materia de Administración y acceso electrónico
- Proponer una cierta arquitectura y principios básicos comunes en la adaptación de la Ley 11/2007 a cada entidad Local. El desarrollo normativo se ha articulado en base a los siguientes aspectos:
1. Objeto, principios y derechos
2. Sede electrónica
3. Interoperabilidad, identificación, autenticación y representación
4. Firma electrónica del personal al servicio de la Administración Municipal
5. Registro electrónico
6. Realización de copias
7. Conservación y destrucción de documentos
8. Acceso a los expedientes y documentos electrónicos
9. Archivo electrónico
10. Comunicaciones y notificaciones telemáticas
11. Tramitación electrónica de procedimientos
Asimismo el proyecto contempla un equipo jurídico que trata de impulsar y dar soporte a cada Entidad Local que lo requiera en la elaboración/adaptación y publicación de su normativa. Dicho soporte se está llevando a cabo mediante las siguientes acciones:
- Sesiones informativas y de difusión cubriendo todo el espectro de Baleares, cuyo objetivo es el de impulsar y agilizar la implantación de la Administración Electrónica comenzando por la regulación y posterior publicación en cada Entidad Local de la normativa correspondiente.
- Soporte jurídico que se está ofreciendo a todas aquellas Entidades Locales que se encuentran en el proceso de elaboración y/o adaptación del modelo normativo correspondiente.
El acceso a toda esta información se puede realizar a través de www.plaanibal.com que permite a todas las Administraciones registradas en dicho portal, acceder tanto al desarrollo normativo, como a las diversas cuestiones (y sus resoluciones) generadas por las Entidades Locales en el proceso de regulación de los aspectos normativos anteriormente citados (a través de un foro destinado específicamente a tal fin).