Si tiene un comercio esta información puede interesarle. La Dirección General de Comercio ha abierto la convocatoria de subvenciones destinadas a mejorar y modernizar el comercio y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, publicada en el BOIB núm. 32, del 6 de marzo de 2021.
Las actuaciones que se pueden subvencionar son las siguientes:
- Inversiones para la mejora tecnológica encaminada a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial.
- Inversiones que implican un avance hacia una economía baja en carbono, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad.
- Inversiones para la mejora de la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.
- Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la modernización del establecimiento.
- Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la mejora de la imagen del establecimiento (rotulación comercial, interior i exterior).
- Obras y reformas que comporten la mejora y modernización del establecimiento y para adaptar los locales a las nuevas necesidades surgidas a causa de la crisis de la COVID-19.
- Gastos corrientes producidos a partir del 1 de noviembre y durante el estado de alarma.
¿Cuál tiene que ser el importe mínimo de las actuaciones para solicitar la subvención?
La actuación presentada deberá tener un coste elegible mínimo de 2.000 €, sin IVA, y excluidos los gastos corrientes
subvencionables.
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
La cuantía de la subvención es del 80 % del coste elegible del proyecto (IVA excluido), más un 20 % del coste elegible
(IVA excluido), con un máximo de 1.200 €, para pagar gastos corrientes producidos durante el estado de alarma, excepto los producidos antes del inicio del periodo de elegibilidad, respecto a los beneficiarios afectados por la crisis de la COVID-19 que tengan derecho, según lo previsto en el apartado tercero de la convocatoria, y con un total máximo de 9.000 €, por beneficiario. En ningún caso la cuantía total máxima de la subvención, incluidos los gastos corrientes respecto a los que tengan derecho, para un mismo beneficiario podrá ser superior a los 9.000 €.
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el día 6 de abril de 2021.
Desde la Fundación Bit podemos asesorar para presentaros a la convocatoria desde los servicios de digitalización e innovación.
Para actuaciones incluidas dentro del apartado 1, puede enviar un correo a: digitalitzacio@fundaciobit.org y nos pondremos en contacto con usted.
Si en cambio son actuaciones incluidas dentro del resto de apartados, puede enviar un correo a: innovacio@fundaciobit.org.
Asimismo, encontrará toda la información de la convocatoria en este enlce . También puede llamar al 971 78 48 00 + 62966 / 62969 / 62970 de la Dirección General de Comercio.