La Fundación Balear de Innovación y Tecnología( Fundación Bit), instrumento que ejecuta las estrategias R+D+I del Gobierno de las Islas Baleares, ha elaborado una recopilación de ayudas económicas -estatales y autonómicas- para Pymes y Autónomos ante la incertidumbre que genera la pandemia del COVID-19.
1) ISBA SGR: Línea Extraordinaria Covid-19.
- Préstamo Circulante
Público objetivo: emprendedores y emprendedoras, autónomos, microempresas, pequeña y mediana empresa, la actividad se haya visto afectada por los efectos económicos de la pandemia Covid-19 de las Islas Baleares.
Objetivo de la iniciativa: las necesidades de capital circulante.
Requisitos y condiciones de la ayuda:Plazo de 36 meses.
Carencia hasta un máximo de 12 meses.
Bonificación hasta un 1,50% del tipo de interés durante los primeros 5 años.
Bonificación hasta un 1,25% del coste del aval durante los primeros 5 años.Importe máximo a solicitar: de 6.000€ hasta 300.000€.Garantías: Sí.Presupuesto: 50M€.
Donde tramitar la ayuda: http://www.isbasgr.es/
Más información: https://www.isbasgr.es/es/productos-covid19
Póliza de crédito a 12 meses:
Público objetivo: emprendedores y emprendedoras, autónomos, microempresas, pequeña y mediana empresa, la actividad se haya visto afectada por los efectos económicos de la pandemia Covid-19 de las Islas Baleares.
El objetivo de la iniciativa: las necesidades de capital circulante.
Requisitos y condiciones de la ayuda:
- Plazo de 12 meses.
- Bonificación hasta un 1,50% del tipo de interés durante los primeros 5 años.
- Bonificación hasta un 1,25% del coste del aval durante los primeros 5 años.
Importe máximo a solicitar: de 6.000€ hasta 300.000€.
Garantías: sí.
Presupuesto: 50M€.
Donde tramitar la ayuda: http://www.isbasgr.es/
Más información: https://www.isbasgr.es/es/productos-covid19
- Póliza de crédito a 36 meses:
Público objetivo: emprendedores y emprendedoras, autónomos, microempresas, pequeña y mediana empresa, la actividad se haya visto afectada por los efectos económicos de la pandemia Covid-19 de las Islas Baleares.
Objetivo de la iniciativa: las necesidades de capital circulante.
Los requisitos y condiciones de la ayuda:
- Plazo de 36 meses.
- Carencia máxima de 12 meses.
- Bonificación hasta un 1,50% del tipo de interés durante los primeros 5 años.
- Bonificación hasta un 1,25% del coste del aval durante los primeros 5 años.
Importe máximo a solicitar es de 6.000€ hasta 300.000€.
Garantías: sí.
Presupuesto: 50M€.
Dónde tramitar la ayuda: http://www.isbasgr.es/
Más información: https://www.isbasgr.es/es/productos-covid19
2) Instituto de Crédito Oficial (ICO)
Tipo de instrumento: Préstamo.
Público objetivo: Autónomos y empresas con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea ICO Emprendidas y Emprendedores, que la actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según la relación de CNAE.
Objetivo de la iniciativa: Necesidades de liquidez financiables a través de la Línea Emprendidas y Emprendedores.
Requisitos y condiciones de la ayuda:
- Tipo de interés: fijo, hasta el 1,5% (TAE máxima incluida comisiones).
- Plazo de amortización y carencia: De 1 a 4 años con 1 año de carencia de principal. Comisiones: la entidad de crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, si se tercia, la de amortización anticipada.
Garantías: A determinar por la entidad de crédito, excepto aval de SGR / SAECA.
Dónde tramitar la ayuda: Directamente a través de las entidades de crédito que colaboran en esta Línea:
SANTANDER
BBVA
CAIXABANK
BCC (GRUPO CAJAMAR)
COOPERATIVO
BANKINTER
CAJA RURAL DE TEROL
LIBERBANK
BANCO SABADELL
CAJA RURAL DEL SUR
CAJA RURAL DE NAVARRA
CAJA RURAL DE JAÉN
CAJA RURAL DE ZAMORA
CAJA RURAL De ASTURIAS
GLOBAL CAJA
CAJA RURAL De ARAGÓN (BANTIERRA)
CAJA RURAL DE GRANADA
UNICAJA
Más información: https://www.ico.es/web/ico/ico-sector-turistico-y-actividades-conexas-
3) Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Prestación por autónomos:
Tipo de instrumento: Prestación
Público objetivo: Autónomos
Objetivo de la iniciativa: Afectados por el cierre de negocios ante la declaracióń del Estado de alarma o la facturacióń este mes caiga un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.
Requisitos y condiciones de la ayuda: Alta en algún régimen de la Seguridad Social y estar al corriente de pago con la SS.
Importe máximo a solicitar: Será del 70% en la base reguladora, calculada con la media de las bases por las cuales el autónomo haya cotizado los doce meses continuados e inmediatamente anteriores. En el supuesto de que el solicitante no haya cotizado al menos 12 meses anteriores por cese de actividad, la cuantía será̀ del 70% de la base mínima de cotizacióń del Régimen de Autónomos o de los Trabajadores del Mar (661,04 euros).
Dónde tramitar la ayuda: El trabajador autónomo tiene que posarse en contacto con el mutua colaboradora con la Seguridad Social y solicitarla telemáticamente. Para los autónomos la actividad se encuentre suspendida por el Estado de Alarma, se habrá̀ de adjuntar el modelo 145, una fotocopia del DNI; los dos últimos recibos de cotizacióń, el libro de familia en caso de contar con hijos a cargo, y el número de cuenta donde quiere que le ingresen la prestacióń.
Para los trabajadores que soliciten la ayuda por el descenso de su actividad en más de un 75%, además de la anterior documentación, tendrán que acreditar esta caída con la documentación que le solicite la mutua. En el caso de los autónomos que tributan por módulos y no están obligados a facturar, la Seguridad Social está estudiando como adaptar esta prestación, según informa Íbero mutua.
Más información: https://revista.seg-social.es/2020/03/23/como-solicitar-la-nueva-prestacion-extraordinaria-para-autonomos-afectados-por-el-covid-19/ y/o https://revista.seg-social.es/2020/03/31/el-gobierno-flexibiliza-los-aplazamientos-de-las-cuotas-de-la-seguridhttps://revista.seg-social.es
4) Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI)
- Exención de garantías en proyectos de R + D +I
Tipo de instrumento: Reducción de las garantías solicitadas a todos los proyectos de R+D+Y (no solo a los proyectos Cervera en cooperación con centros tecnológicos) desarrollados por PYMES y empresas independientes de hasta 1.500 trabajadores- que sean aprobados a partir del 14 de marzo de 2020.
Público objetivo:
Aplicable a todas las ayudas parcialmente reembolsables de CDTI:
- Proyectos de R+D (incluidos CIENTO y Proyectos de Cooperación Tecnológica).
- Proyectos de R+D Transferencia Cervera.
- Líneas de Innovación LIC y LIC-A.
Objetivo de la iniciativa: Apoyar al mantenimiento de actividades de alto valor añadido y la creacióń de capacidades para la reactivación de la economía en el ámbito de la innovación empresarial.
Requisitos y condiciones de la ayuda: Cumplir con la mínima solvencia económica exigida por el CDTI.
Importe máximo a solicitar:
- Exención de garantías hasta 500.000 euros para pequeñas empresas.
- Exención de garantías hasta 1.000.000 euros para medias emprendidas.
Exención de garantías hasta 3.000.000 euros para empresas de mediana capitalización.
Presupuesto destinado: Presupuesto 2020
Más información: http://cdti.es/index.asp?mp=104&ms=0&mn=1
- Plazos de tramitación y agilización en CDTI
Tipo de instrumento: Se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos, y se amplía en 1 mas los plazos de justificación de los proyectos el vencimiento de los cuales se produzca durante el periodo que dure esta situación.
Además se implementa un Fast track de gestión para todos los proyectos presentados, para acelerar al máximo el proceso de aprobación y concesión de ayudas. Se dará prioridad a los proyectos relacionados con productos considerados de emergencia.
Público objetivo: N/A.
Objetivo de la iniciativa: N/A.
Requisitos y condiciones de la ayuda: N/A.
Importe máximo a solicitar: N/A.
Garantías: N/A.
Presupuesto destinado: Presupuesto 2020
Más información: http://cdti.es/index.asp?mp=104&ms=0&mn=1
- Flexibilización de los reembolsos de las ayudas parcialmente reembolsables y reembolsables.
Tipo de instrumento: Se exime del cobro de los intereses de demora sobre las cuotas de principal y/o intereses ordinarios con vencimiento entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020, los dos inclusivamente.
Público objetivo: Los beneficiarios son las empresas con un contrato de préstamo actualmente en vigor con el CDTI. Se incluyen las tipologías de proyecto de ayudas parcialmente reembolsables y reembolsables otorgadas para:
Proyectos de I+D en todas sus tipologías.
Proyectos FEMP en todas su tipologías.
Línea Directa de Innovación (LIC).
Línea Directa de Expansión (LICA).
Otros instrumentos de ayudas en forma de préstamo no vigentes en periodo de devolución (ayudas Neotec, LIG, etc.).
Objetivo de la iniciativa: N/A.
Requisitos y condiciones de la ayuda: N/A.
Importe máximo a solicitar: N/A.
Garantías: N/A.
Presupuesto destinado: Presupuesto 2020
Más información: http://cdti.es/index.asp?mp=104&ms=0&mn=1
- Extensión de la Línea Directa de Expansión (LIC A).
Tipo de instrumento: Ayuda parcialmente reembolsable.
Público objetivo: La novedad es que se incluyen todas las regiones, y por tanto las Islas Baleares, puesto que desde el desde el 1 de abril de 2020 se extiende a todo el mapa de ayudas regionales.
Objetivo de la iniciativa: Su objetivo es potenciar la innovación en determinadas regiones españolas, mejorando las capacidades de empresas que propongan planes de inversión que faciliten su crecimiento.
Son ayudas a la inversión inicial y más concretamente a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica para potenciar el crecimiento de empresas innovadoras. Los gastos elegibles son la adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación y mejora de capacidades en la empresa.
Requisitos y condiciones de la ayuda: Empresas.
Importe máximo a solicitar:
- Ayuda: hasta el 75% del presupuesto aprobado.
- Duración del proyecto: entre 6 y 18 meses.
- Ayuda parcialmente reembolsable.
- Tramo no reembolsable (calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado): Fondos FEDER: 10%. Fondos CDTI: 5%.
- Tipo de interés fijo: euríbor a 1 año +0,5%.
- Devolución: 7 años (con 1 año de carencia desde la finalización del proyecto).
TNR: del 5% al 10% (en función de si tiene fondo FEDER).
Garantías: Exención de garantías (COVID-19)
Presupuesto destinado: Presupuesto 2020
Más información: http://cdti.es/index.asp?mp=104&ms=0&mn=1
5) Empresa Nacional de Innovación SME, S.A. (ENISA)- Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- Medida retroactiva sobre préstamos participativos concedidos entre 2011 y 2019.
Tipo de instrumento: Los beneficiarios de los préstamos participativos concedidos por ENISA podrán solicitar la re-negociación de sus préstamos, siempre que acrediten ante los servicios de ENISA que la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 los ha originado periodos de inactividad, reducción de volumen de ventas o interrupciones en la recepción de suministros o servicios que los dificulte o impida atender el pago de estos.
Público objetivo: Empresas beneficiarias de préstamos participativos ENISA entre los ejercicios 2011 y 2019.
Objetivo de la iniciativa: Apoyar al mantenimiento de las pymes y los emprendedores, modificando temporalmente el contenido de todos los convenios vigentes desde el 2011 hasta 2019, labras a flexibilizar la devolución de los préstamos participativos.
Requisitos y condiciones de la ayuda: Empresas beneficiarias de préstamos participativos ENISA entre los ejercicios 2011 y 2019.
Importe máximo a solicitar: Las condiciones generales que se aplicarán a las re-negociaciones de los préstamos de los beneficiarios que lo soliciten, son las siguientes:
Se mantiene el tipo de interés del primer tramo en vigor.
El tipo de interés de demora no podrá superar el tipo del primer tramo más de dos puntos porcentuales.
Garantías: No
Presupuesto destinado: Presupuesto 2020
Dónde tramitar la ayuda: La solicitud tendrá que incorporar una memoria justificativa en la cual se motive adecuadamente la dificultad de atender el pago del próximo vencimiento de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior, así como las medidas que la empresa implementará para paliar la situación de crisis.
La justificación tendrá que incluir una imagen de la situación económico-financiera de la empresa referida antes del 14 de marzo de 2020, una explicación calificativa y cuantitativa de cómo se ha producido la afectación, su valoración económica y financiera y un plan para paliar estos efectos.
Las solicitudes de re-negociación se gestionarán por los servicios de ENISA.
Más información: http://www.enisa.es/
6) Secretaría de Estado para el Turismo-SEGITTUR.
- Medida retroactiva sobre préstamos Programa Emprendetur.
Tipo de instrumento: Suspensión de pagos por 12 meses.
Público objetivo: Suspensión, durante un año y sin penalización, del pago de intereses y las amortizaciones correspondientes a los préstamos del Programa Emprendertur, Emprendertur I+D+Y y Emprendertur Jóvenes Emprendedores, y que fueron concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo.
Objetivo de la iniciativa: Evitar tensiones de liquidez.
Requisitos y condiciones de la ayuda: Empresas beneficiarias del Programa Emprendetur, Emprendetur I+D y Emprendetur Jóvenes Emprendedores.
Importe máximo a solicitar: A todos los efectos se suspende, sin necesidad de solicitud previa y durante un periodo de un año, el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo al amparo de este programa.
Garantías: No
Presupuesto destinado: Presupuesto 2020
Dónde tramitar la ayuda: artículo 41 del Boletín Oficial del Estado de 1 de abril de 2020.
Más información: http://www.segittur.es/
Para cualquier duda o consulta sobre estas ayudas, nos podéis contactar al teléfono 971 17 60 60 o en el correo electrónico info@fundaciobit.org